RENUNCIA - CÓDIGO DE DERECHO DE LA IGLESIA CATÓLICA
En la bimilenaria
historia de la Iglesia, sólo cuatro pontífices renunciaron a su
cargo: Benedicto IX (1 de mayo de 1045), Gregorio VI (20 de diciembre de 1046),
Celestino V (13 de diciembre de 1294) y Gregorio XII (4 de julio de 1415).
El actual Código de Derecho de la Iglesia Católica prevé el caso de renuncia.
En su artículo 332 inciso 2 se precisa que si el Romano Pontífice renunciase a su oficio, se requiere para la validez que la renuncia sea libre y se manifieste formalmente, pero que no sea aceptada por nadie. Ella deberá manifestarse pues, a quien tiene la función de proveer a la función vacante, es decir al Colegio de los Cardenales, el cual luego deberá congregar a todos los purpurados menores de 80 años, que actualmente son 120, para elegir a quien le corresponderá seguir guiando los pasos de la Iglesia ante nuevos desafíos nada fáciles.