EL ABORTO IMPLICA PERMITIR EL HOMICIDIO DE NIÑOS

BUENOS AIRES, 8 DE MARZO

La Corporación de Abogados Católicos aseguró que "las propuestas de despenalizar el aborto implican lisa y llanamente liberar el camino para permitir el homicidio de los niños por nacer". Además de explicar que la prohibición del aborto está corroborada por la legislación civil y penal argentina, la organización consideró que "las propuestas abortistas asumidas por cualquier funcionario se contradicen con la declarada posición del Gobierno de defender la intangibilidad de la vida humana por nacer".

La declaración lleva la firma de los doctores Eduardo Martín Quintana e Ignacio Questa Etcheberry, presidente y secretario, respectivamente, y dice lo siguiente:

"Como juristas debemos expresar que las propuestas de despenalizar el aborto implican lisa y llanamente liberar el camino para permitir el homicidio de los niños por nacer. No sólo desde una perspectiva religiosa se prohibe al aborto, conforme lo ha recordado S.S. Juan Pablo II: 'Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término: nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente'. (Evangelium Vitae n°53).

"En efecto, también nuestra legislación civil y penal, corroborada por la incorporación de normas internacionales guarda plena concordancia con lo expresado en el párrafo anterior, ya que el derecho a la vida es el primero de los derechos y se encuentra implícito en el art. 33 de la Constitución Nacional pues sin ella, no se puede ejercer ninguno. La hermenéutica constitucional expuesta, ha quedado explícitamente normativizada a partir de la reforma del año 1994, ya que conforme al art. 75 inc.22 de la Constitución Nacional, entre otros tratados, gozan de esa jerarquía la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica que establece que 'toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y en general, a partir del momento de la concepción' (art.4.1.).

"Asimismo también goza de igual tratamiento la Convención de los Derechos del Niño aprobada por las Naciones Unidas, respecto a la cual la República Argentina al ratificarla mediante la ley 23.849 efectuó la reserva de que debe entenderse por 'niño' a 'todo ser humano, desde el momento de la concepción y hasta los 18 años de edad'. Además el art. 75 inc.23 establece como deber del Congreso 'dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental'.

Sin perjuicio de ello, conforme al art.33 de la Constitucional Nacional ya mencionado, la legislación tiene incorporados estos principios en los arts. 70 y 63 del Código Civil y coherentemente el Código Penal en el capítulo 'Delitos contra la vida' reprime en sus arts. 85 a 88 el aborto provocado ya que se trata del homicidio de un inocente.

"En consecuencia la Corporación de Abogados Católicos apoya la firme defensa de la vida efectuada por nuestros obispos, quienes recientemente han expresado: 'a veces, la defensa de la vida trae como respuesta, agresiones y ataques, que no nos harán cambiar de actitud frente a una cuestión tan fundamental para la dignidad humana'. Cabe concluir que las propuestas abortistas asumidas por cualquier funcionario se contradicen con la declarada posición del gobierno de defender la intangibilidad de la vida humana por nacer".

FUENTE: AICA (AGENCIA INFORMATIVA CATOLICA ARGENTINA)

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